“No necesito una iglesia que me diga que estoy equivocado cuando ya sé que estoy equivocado; necesito una Iglesia que me diga que estoy equivocado cuando yo creo que estoy en lo correcto». Gilbert Keith Chesterton
La imagen dio la vuelta al mundo: el padre James Martin aparecía bendiciendo a Damian Steidl y Jason Steidl, una pareja del mismo sexo en un salón de visitas del West Side de Manhattan. El sacerdote en cuestión manifestó que “Fue agradable poder hacerlo de manera pública”. El sacerdote es conocido por ser uno de los defensores más férreos del lobby homosexual en EEUU y por manifestar ideas totalmente contrarias a la doctrina de la Iglesia Católica. En ese mismo orden, el padre Richard Watson usando una estola arcoíris bendijo a una pareja del mismo sexo dentro de una iglesia católica en Lexington, Kentucky; dicha bendición fue dada muy cerca del altar.
Los actos realizados surgen después de que el Vaticano diera a conocer el 18 de diciembre de 2023 la declaración “Fiducia Supplicans” (Confianza Suplicante) publicada por el Dicasterio para la Doctrina de la Fe y aprobada por el Papa Francisco que habla sobre el sentido pastoral de las bendiciones, específicamente a parejas en situaciones irregulares y parejas del mismo sexo. El documento afirma ofrecer una contribución específica e innovadora respecto al significado pastoral de las bendiciones, lo cual permite ampliar y enriquecer la comprensión clásica de las bendiciones que está estrechamente ligada a la perspectiva litúrgica. La declaración indica que se puede bendecir a las parejas del mismo sexo sin convalidar oficialmente su estatus ni alterar en modo alguno la enseñanza perenne de la Iglesia sobre el Matrimonio.
Menciona también que no se debe pretender para una simple bendición, las mismas condiciones morales que se piden para la recepción de los sacramentos. Debe aclararse que la Iglesia Católica jamás ha solicitado tales requisitos para administrar un sacramental toda vez que para recibir un sacramento, por ejemplo la Comunión, se debe estar en estado de gracia, y el sacramental –en este caso la bendición- puede ser administrada a un laico que busca la ayuda de Dios para su día a día o bien la fortaleza para vencer sus pecados. Se acuña el nuevo concepto de “bendición pastoral” que pretende desligar un sacramental de su verdadero fin que es ser luz y auxilio para el penitente declarando ahora que puede ser recibido por parejas del mismo sexo y parejas en situación irregular, es decir que la bendición puede ser recibida en estado público de pecado.
El documento arguye que se ha de apelar a la caridad pastoral evitando ser jueces que niegan, rechazan y excluyen. Pero baste decir que en la administración de los sacramentos y sacramentales en modo alguno se excluye al pecador. Quienes se apartan del cuerpo de la Iglesia Católica somos nosotros al caer y persistir en el pecado. El sacerdote, al negar una absolución en el confesionario y al negar una bendición por estar en situación de pecado público, no nos hace un mal, nos hace un bien al decirnos que debemos ordenarnos. Esa es ni más ni menos la verdadera caridad cristiana que busca la salvación del alma. Y para que la caridad merezca su nombre, debe ser dada en la lealtad a la Verdad dado que hablamos de la salvación de las almas.
Se argumenta que la declaración lo que indica es que se bendice a las personas, más no el pecado y por tanto la crítica es injustificada. Pero debe tenerse presente que la Iglesia Católica ya lo tenía contemplado de ese modo, toda vez que cualquier feligrés podía acercarse a solicitar una bendición. Cuando la persona va adquiriendo cierta consciencia de su pecado, -en este caso el de vivir en adulterio o sodomía-, lo primero que advierte es que su modo de vida está mal y buscará la ayuda de Dios para superarlo y corregirse; sabrá que no puede estar acompañado de su pareja para recibir una bendición reservada no para los perfectos, sino para todo aquel que busca regresar y/o mantenerse fiel a Dios; es decir, la persona con recta intención (aún si no es del todo consciente de ello) buscara una bendición en lo individual. Sin embargo, al decirle que puede recibir una bendición en compañía de la pareja, la sola consciencia advierte una señal de aprobación.
Es deshonesto forzar “pastoralmente”, algo que doctrinalmente es inadmisible. Obsérvese que si la declaración no cambiaba nada como se afirma, entonces no había razón de incorporar absolutamente nada bajo el concepto de “bendición pastoral”, pues la misericordia y caridad cristianas han estado perfectamente delimitadas y presentes en la Iglesia Católica. No se trata de ver hasta dónde podemos pecar obstinándonos en ello y al mismo tiempo solicitar/exigir la recepción de un sacramental en circunstancias contrarias al Evangelio. Esto no estriba en “educar la sensibilidad pastoral” sino en que los sacerdotes cuiden del rebaño saliendo al paso cuando la ocasión lo amerite, toda vez que la salvación de las almas es la prioridad de la Iglesia Católica.
Las respuestas de apoyo a Fiducia Supplicans no se han hecho esperar: conferencias episcopales, sacerdotes, teólogos y laicos se han manifestado a favor. En contraparte han salido al paso otros como el Obispo Prelado de Moyobamba que ha exigido a los sacerdotes de dicha prelatura a no administrar ninguna forma de bendición a parejas del mismo sexo o en situación irregular; su razón es simple, Fiducia Supplicans daña la comunión de la Iglesia, la cual sólo puede ser dada en la Verdad. Las consecuencias de dicha declaración implican una fractura en lo espiritual y en lo intelectual, pero baste recordar que la obediencia no es ciega y no se puede obligar a nadie a actuar en contra de su consciencia cuando lo que se manda es contrario al derecho natural y divino.
La cuestión es simple: necesitamos una Madre Iglesia que nos diga la Verdad cuando el mundo nos la niega, que nos corrija con caridad y misericordia cuando hemos caído en pecado, que nos corrija para rectificar el camino y volver a la comunión de la Iglesia; todo ello por la salvación de las almas…
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