¿Puede desprenderse una nación así de su soberanía?

Puesto que como reza el dicho, “no hay plazo que no se cumpla” (aquí no hay “deuda” alguna, así que no se reproduce la parte final de este conocido refrán), pese a su enorme importancia, la modificación al Reglamento Sanitario Internacional (RSI) y al tratado sobre pandemias (el CA+) de la OMS ha seguido avanzando, de manera bastante solapada de cara a la opinión pública, según señalaba hace poco Infobae, puesto que la idea inicial es tener listo este mayúsculo cambio a los estatutos de la OMS para finales de mayo. Por eso lo anterior se ha llevado a cabo contra viento y marea, pese a que ya han ido apareciendo por aquí y por allá, Estados que se han manifestado contrarios a esta iniciativa.

            Se reitera que, gracias a esta modificación, se pretende dar a este organismo, de financiamiento privado en su mayoría, unos poderes omnímodos en materia de salud a nivel planetario, sin que su actuar sea controlado por nadie: es decir, darle la facultad de actuar por sí y ante sí, exento de ulteriores responsabilidades, lo cual resulta inaceptable.

            Ahora bien, luego de tantos siglos de historia, que han mostrado que casi sin excepción todo ente premunido de un gran poder actúa de una forma proporcionadamente discriminatoria y abusiva a la magnitud de ese poder, ¿alguien cree que aquí no va a ocurrir otro tanto? En caso de aprobarse estas enmiendas, ¿cuánto tiempo pasará para que se decreten nuevas pandemias, encierros, vacunas, pases de movilidad y un largo etcétera? ¿Y más aún, si estas medidas también pueden ser justificadas por el “cambio climático”? Puesto que ahora se tratará de órdenes, no de meras sugerencias, ante un poder tan monstruoso, ¿alguien cree, en su sano juicio, que el organismo que lo detente se autolimitará en su ejercicio?

            Es como si se le entregara un arma cargada y muy peligrosa a un tercero, señalándole que se confía plena e ingenuamente en él respecto del uso que dará a dicha arma y teniendo la seguridad de que no será esgrimida contra nosotros, pese a ponernos voluntariamente a tiro de la misma. ¿Parece esto lógico?

            Pero, además, cabría preguntarse si de verdad los países (o, mejor dicho, sus supuestos representantes) tienen la facultad para deshacerse de este modo tan radical y poco formal de una parte tan importante de su soberanía. Ello, pues debe recordarse que, desde la perspectiva política tradicional, la soberanía pertenece a la nación, y como tal, resulta impropio que ella la pierda a manos de otras entidades, en este caso internacionales, y que, además, no exista ningún control sobre su labor. Por eso sólo cabe delegarla de manera temporal, mediante elecciones periódicas, según los principios más fundamentales de la democracia, pero nunca renunciar a ella.

            De esta forma, aun cuando se cumplieran los requisitos que exige la OMS para las modificaciones en comento, esto dista mucho de ser legítimo, por la razón antes aludida. Sin perjuicio, además, de que no existe ninguna proporción entre la importancia de una decisión como esta y los requisitos formales que se exigen para su adopción. Por eso, por muy plenipotenciarios que sean los representantes de cada país en la asamblea de la OMS en que se votarán estas modificaciones, en el fondo ellas no tienen ningún valor.

            Estas y otras razones hacen, en consecuencia, que este nuevo tratado y reglamento posean desde su origen una nulidad absoluta e insalvable.

Max Silva Abbott

Doctor en Derecho

Profesor de Filosofía del Derecho

Universidad San Sebastián

Deja una respuesta