¿Puede ser éticamente lícito el aborto en algún caso?

Manuel Ocampo Ponce
Universidad Panamericana

Todo parece indicar que en la actualidad el ejercicio de la sexualidad se encuentra desvinculado de la procreación. De los años sesentas del siglo pasado a la actualidad se ha cambiado la visión de lo que es y significa la sexualidad humana. Lamentablemente ha disminuido drásticamente el número de personas que niegan la ordenación natural que hay de las parejas de estar abiertos a la procreación. El mundo se ha liberalizado, las leyes proabortistas se van generalizado en los distintos Estados ya sea por razones económicas, médicas o sociales y hasta “humanitarias” como las relacionadas a la violación y al incesto. Por otra parte, en los países en los que las leyes sobre el aborto son muy restrictivas o ilegales, la legislación no es acatada en muchos de los casos en los que, aparentemente, se pueden realizar abortos médicamente “seguros” con frecuencia. Otro punto a considerar es la relación de los abortos con el socialismo, comunismo o marxismo ya que casi todos los países marxistas han autorizado el aborto al menos en los tres primeros meses del embarazo. Sin embargo, también en los países con economías neoliberales o capitalistas el aborto se ha vuelto una actividad cotidiana.

También resulta curioso que por una parte existe un número muy elevado de abortos mientras que por el otro se perfeccionan cada vez más los medios de gestación artificial. En esto se pone de manifiesto la esquizofrenia cultural en que vive la sociedad actual. Sea una cosa o sea otra, el aborto es uno de los métodos más utilizados para la regulación de la natalidad.

No cabe duda de que el aborto es una realidad triste, lamentablemente polémica y donde las cifras son muy elevadas al punto que podemos afirmar que la sociedad actual es una sociedad abortista. La procreación ha dejado de ser un don precioso e incluso los hijos han llegado, en muchos casos, a ser una carga pesada.

Para efectos de este análisis y dejando de lado los abortos espontáneos en los que no interviene la libertad humana, el aborto provocado es la interrupción de un embarazo, es decir, la acción de quitar directa y deliberadamente la vida a quien todavía no es capaz de vivir fuera del seno materno. Esto implica interrumpir el embarazo desde la fecundación hasta que concluye la vida fetal, es decir, cuando el feto es capaz de vivir fuera del útero materno.

Dentro de los abortos provocados tenemos varios tipos en los que se encuentran:

1. El aborto terapéutico, cuando el embarazo pone en grave peligro la vida o la salud de la madre gestante.
En la actualidad las indicaciones médicas para realizar abortos terapéuticos son prácticamente nulas en países con infraestructura médica desarrollada. Algunos han querido incluir en este tipo de aborto la salud mental de la madre, lo cual ha provocado que este tipo de aborto vaya en aumento en muchos casos y en otros se impida por las mismas razones de salud mental de la madre.
2. El aborto eugénico, cuando se ve que el concebido presenta alguna anomalía congénita o malformación grave.
3. El aborto psico-social, cuando el embarazo es el resultado de una violación o de un incesto.

Estos tres tipos de abortos pueden resumirse en dos:

1. El aborto directamente provocado por motivos eugenésicos, problemas familiares o sociales y por problemas personales (no considerados en el aborto indirecto). Este tipo de aborto directamente provocado nunca es lícito bajo una perspectiva realista y objetiva.
2. El aborto indirectamente provocado como cuando hay que extirpar un útero canceroso durante el embarazo lo cual implica la eliminación del concebido que constituye un peligro mortal para la madre e incluso para el mismo concebido, para el que hay que considerar dos causas de abortos:

2.1 El que tenga como fin o efecto único e inmediato la expulsión de un feto vivo (aborto directo). Que siempre y en todos los casos es éticamente ilícito según una visión realista y objetiva de la realidad.
2.2 El que tiene dos fines o efectos en el que la expulsión del feto no es el fin o efecto único sino subordinado a conseguir el efecto bueno de salvar a la madre. En este último caso para que sea lícito éticamente, es necesario que se cumplan las reglas del voluntario indirecto o principio de doble efecto que son:

a) Que el efecto sea bueno, es decir, salvar a la madre, o sea que el efecto permitido no sea intrínsecamente malo.
b) Que el efecto malo no sea querido ni intentado ni como fin, ni como medio, sino únicamente tolerado.
c) Que existan razones proporcionadamente importantes para permitir el efecto malo, como es el caso en el que no sólo moriría la madre sino también terminaría por morir el concebido.
d) Que el efecto bueno, es decir, salvar a la madre, no se consiga por medio del efecto malo sino que primero se efectúe el salvar a la madre y por consecuencia, en segundo lugar, se produzca la muerte del concebido.

Únicamente bajo estas condiciones puede ser lícito éticamente un aborto indirectamente provocado.

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