Un peligroso solipsismo

La labor realizada por la Convención Constitucional recibe más y más críticas de múltiples sectores, varios en un principio muy afines a su existencia. Y la razón fundamental pareciera radicar en lo que podría considerarse un peligroso solipsismo de su parte.

            Como se sabe, el solipsismo apunta a aquella situación en la cual para el sujeto sólo es real lo que él ve o percibe, o como señala la RAE, es una “forma radical de subjetivismo según la cual solo existe aquello de lo que es consciente el propio yo”. Y algo así pareciera estarle ocurriendo a la Convención, si se analizan las propuestas que de ella emanan.

            No vamos a entrar aquí en los múltiples ejemplos de propuestas que a lo menos llaman la atención, cuando no son vistas como una amenaza por buena parte de la población. Queremos llamar la atención sobre lo que estimamos, es parte del origen de este problema.

            A nuestro juicio, este “solipsismo convencional”, manifestado en el deseo de refundar Chile, no sólo obedece a razones ideológicas, sino a un aspecto que ya advertimos apenas fue elegida la Convención: el sistema de votación empleado para darle origen.

            En efecto, mutatis mutandis, se utilizó el mismo sistema que se emplea para las demás elecciones “normales”, lo que a nuestro juicio tiene al menos dos graves inconvenientes.

            El primero es que se dio origen a una notable dispersión de candidatos y votos, lo que hizo que muchos convencionales resultaran electos por un puñado de sufragios a veces ridículo, casi un insulto dada la trascendental importancia de la labor a la que estaban postulando. De esta forma, se ha dado el absurdo que para otros cargos de mucho menor importancia, quienes los detentan obtuvieron muchos más votos que varios convencionales.

Evidentemente, lo anterior resta mucha legitimidad a este proceso. No sólo por no representar realmente al “pueblo”, dada la exigua votación obtenida por muchos convencionales, sino además, porque claramente las bancadas resultantes no reflejan la realidad del país, habiendo por ello sectores sobre y sub representados, a veces groseramente. Mal puede, así las cosas, surgir una Constitución “de todos los chilenos”.

            Y esto se vincula al segundo inconveniente: que al elegirse al órgano que tiene la misión de establecer las “reglas del juego” para el país entero, se supone que por mucho tiempo, debieran haberse generado unas reglas de elección muy diferentes a las usadas (ignoro cuáles: no soy politólogo), precisamente porque no era una elección común.

Por tanto, lo absurdo es que se haya usado el mismo tipo de procedimiento que en la elección de todas las demás autoridades, que simplemente “juegan” de acuerdo con las reglas ya establecidas de antemano –sin poder alterarlas–, no que tienen, como en este caso, la misión de crearlas para el futuro. Es evidente que esta “receta electoral” debiera haber sido otra, para garantizar un muy amplio voto popular y real legitimidad para cada uno de los convencionales elegidos y que además, representaran de verdad nuestra realidad nacional.

            Así, esta falla en su origen ha hecho que al no representar realmente a nuestra sociedad, el sector ideológico dominante sobre representado no tenga contrapeso y que por tanto, no exista un debate equilibrado. Esto contribuye a que este sector se separe cada vez más y más de la realidad, cayendo así en este auténtico “solipsismo convencional”.

Max Silva Abbott

Doctor en Derecho

Profesor de Filosofía del Derecho

Universidad San Sebastián

Deja una respuesta